Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en el sector apícola
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Descripción
Esta aplicación está destinada a la gestión de las subvenciones contempladas en la Orden APA/819/2025, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. A través de este trámite, se presentará la solicitud de subvención acompañada de toda la documentación anexa necesaria para su valoración.
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Certificaciones de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social - Estar al corriente de Pago con la Seguridad Social (Deuda)
- Certificaciones de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias - Solicitud de ayudas y subvenciones
- Identificación: DNI, NIF, NIE - Verificación de los datos de identidad
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¿Quién lo puede solicitar?
Los proyectos serán promovidos por agrupaciones de productores apícolas (Cooperativas, SATs y ADS) o por centros de investigación que aplicarán el desarrollo experimental, la investigación industrial y la innovación a la producción primaria en las explotaciones de sus respectivos socios, mediante una declaración de conformidad entre la entidad productora (productores apícolas) y un agente realizador (organismo de investigación)
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Positivo
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Plazo de resolución
6 meses
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Plazo de solicitud
Desde 20/11 hasta 18/12
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¿Quién resuelve el expediente?
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Teléfono: 913476621
Correo electrónico: bzn-ayudasidi@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas (DIR3 EA0042920) - Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (DIR3 E04932203)
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Código del Sistema de Información Administrativa
3226485







