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Becas de formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo
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Descripción
Convocatoria de 6 becas de formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo, que tienen como finalidad contribuir al desarrollo formativo de los solicitantes que sean seleccionados
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Identificación: DNI, NIF, NIE - Verificación de los datos de identidad
- Certificaciones de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias - Solicitud de ayudas y subvenciones
- Certificaciones de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social - Estar al corriente de Pago con la Seguridad Social (Deuda)
- Titulaciones académicas - Títulos universitarios (consulta por documentación)
- Identificación: DNI, NIF, NIE - Consulta de datos de identidad
- Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) - Consulta de Inhabilitaciones para obtener Subvenciones y Ayudas
- Documentos que debe aportar el solicitante:
- FOTOCOPIA COMPULSADA DE LA CERTIFICACIÓN DE LAS CALIFICACIONES OBTENIDA DURANTE LA CARRERA
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¿Quién lo puede solicitar?
Una vez publicado el extracto de la convocatoria los interesados podrán presentar la solicitud, que se dirigirá al Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura. Las solicitudes se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en Sede electrónica del Departamento https://sede.mapa.gob.es/portal/site/se. En su defecto, se podrán presentar a través del registro electrónico común de la Administración General del Estado http://administracion.gob.es/
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio
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Plazo de resolución
6 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
DG de Ordenación Pesquera y Acuicultura
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Correo electrónico: depesmar@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Dirección General de Ordenación Pesquera (Unidad de Apoyo) (DIR3 E05009402)
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Código del Sistema de Información Administrativa
232404