Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra

Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
  • Descripción

    Conceder el Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra con la finalidad de contribuir a promocionar los aceites de oliva virgen extra de mayor calidad, así como para mejorar su imagen y posición en el mercado.

  • Documentación requerida en la solicitud

    - Documentación que obra en poder de la Administración:

    • Certificaciones de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias - Solicitud de ayudas y subvenciones
    • Certificaciones de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social - Estar al corriente de Pago con la Seguridad Social (Deuda)

    - Documentos que debe aportar el solicitante:

    • Para AOVEs de producción ecológica se aportará el certificado en vigor establecido por el art 35 del Reglamento (UE) 2018/848.
    • Para AOVEs de producción ecológica elaborados en almazaras con producción convencional también, certificado de la entidad de control que acredite que el AOVE presentado es de producción ecológica.
  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Podrán participar en el premio las almazaras autorizadas que tengan su sede social en España. Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2023-2024 obtenidos de aceitunas recolectadas en el territorio nacional. Cada almazara podrá concursar con una muestra de aceite de oliva virgen extra procedente de un lote homogéneo de al menos 10.000 Kilogramos. Podrán participar tanto aceites de oliva virgen extra de producción convencional como de producción ecológica. En caso de participar con ambos deberán presentar una solicitud para cada uno de ellos.

  • Mecanismos de representación permitidos

    Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:

  • Métodos de identificación y firma electrónica

  • Iniciación y efectos del silencio

    Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio

  • Plazo de resolución

    6 meses

  • ¿Quién resuelve el expediente?

    Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación

  • Vías de reparación o recurso

  • La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición

  • Datos de contacto

    Teléfono: 91 347 53 77 / 91 347 38 76

    Correo electrónico: premiosalimentacion@mapa.es

  • Normativa reguladora

  • Responsable del procedimiento

    Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España (DIR3 EA0043007) - Dirección General de la Industria Alimentaria (DIR3 E04932603)

  • Código del Sistema de Información Administrativa

    204770