Autorización de instalaciones situadas bajo control aduanero, dentro de recinto aduanero o asociados al mismo para la realización de inspecciones de exportación.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Autorización bajo el articulo 32 del Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, de instalaciones situadas bajo control aduanero, dentro de recinto aduanero o asociados al mismo, y distintas a las descritos en el artículo 26.2, que alberguen directamente los envíos que van a ser exportados para la realización de inspecciones fitosanitarias de exportación en las mismas.
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Positivo
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Plazo de resolución
6 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera (DIR3 EA0022359) - Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal (DIR3 E04932403)
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Código del Sistema de Información Administrativa
2716741