Autorización de pesca recreativa en aguas exteriores.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Autorizar la captura y tenencia a bordo de especies de protección diferenciada en aguas exteriores de las embarcaciones de la lista sexta y séptima de recreo. Será obligatorio realizar la declaración de capturas de las embarcaciones autorizadas. La información y modelos de declaración, estadillos se podrán descargar desde la página web http://recreativos.magrama.es
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación necesaria para la solicitud presencial
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¿Quién lo puede solicitar?
El interesado titular de la embarcación de recreo solicitará la autorización presentando la solicitud del anexo III de la normativa que regula la pesca de recreo en aguas exteriores que dirigirá a la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
3 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUICULTURA
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Datos de contacto
Presencial: C/ VELÁZQUEZ, 147 - MADRID 28002
Teléfono: 91 347 6060
Correo electrónico: bzn-recreativos@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Control e Inspección y Lucha contra la Pesca Ilegal (DIR3 EA0043031) - Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura (DIR3 E05009402)
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Código del Sistema de Información Administrativa
991469