Cambio de Puerto Base
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Procedimiento por el cuál se solicita el cambio del puerto base del buque pesquero. LOS CAMBIOS DE PUERTO BASE DE LISTA 4ª (excepto para Ceuta y Melilla) Y LOS CAMBIOS DE PUERTO BASE DENTRO DE UNA MISMA CCAA LOS TRAMITA LA CCAA.
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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¿Quién lo puede solicitar?
A petición del/ la propietario/a del buque pesquero o su representante debidamente acreditado.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado de oficio por la administracion con efecto del silencio Caducidad
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio
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Plazo de resolución
6 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
Dirección General de Ordenación pesquera y acuicultura
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales (DIR3 EA0043028) - Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura (DIR3 E05009402)
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Código del Sistema de Información Administrativa
687687