Alta en el Registro de la Flota Pesquera
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Solicitud del alta de un buque en el Registro General de la Flota Pesquera. LAS SOLICITUDES DE ALTA DE BUQUES DE LISTA 4ª LO TRAMITAN LAS CCAA. ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN: EN CASO DE NO DISPONER DE PODER NOTARIAL/ACREDITACIÓN EN APODERA/CERTIFICADO DE REPRESENTANTE ESPECÍFICO PARA EL SOLICITANTE, SE DEBERÁ CUMPLIMENTAR Y ADJUNTAR A LA SOLICITUD EL ANEXO DE REPRESENTACIÓN FACILITADO.
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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¿Quién lo puede solicitar?
Por parte del armador/a o propietario/a, en el caso de reactivaciones, o propietario/a del buque, en el resto de casos, según el formulario recogido en la sede electrónica
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
6 meses
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales (DIR3 EA0043028) - Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura (DIR3 E05009402)
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Código del Sistema de Información Administrativa
040740