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Extensión de normas en materia de organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Extender la obligatoriedad del cumplimiento de acuerdos tomados por una interprofesional, al conjunto total de productores y operadores del sector o producto. Podría aprobarse la obligatoriedad de las aportaciones económicas por parte de aquellos operadores que no estén integrados en las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentos que debe aportar el solicitante:
- 02.Certificación acta. Del órgano competente que adoptó el acuerdo de solicitud de extensión de la norma
- 02.Texto íntegro del acuerdo
- 02.Periodo de vigencia que se propone
- 03.Certificación acreditación MODELO 01 El acuerdo cuenta con el respaldo exigido por el art´8.2 de la Ley 38/1994
- 03.Baremo refrendado por la organización
- 04.Memoria justificativa y económica que fundamente la extensión de norma
- 04.Memoria MODELO 02 Datos de la OIA
- 04.Memoria MODELO 03 Balance económico extensión de norma vigente
- 04.Memoria MODELO 04 Previsión ingresos vinculados a extensión de norma propuesta
- 04.Memoria MODELO 05 Previsión gastos vinculados a extensión de norma propuesta
- 04.Memoria MODELO 06 Previsión presupuesto vinculado a extensión de norma propuesta
- 05. Certificación Control. Del acuerdo- sobre mecanismos y procedimientos de control y seguimiento de la extensión de norma
- 06.Otra documentación
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¿Quién lo puede solicitar?
Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias reconocidas por el departamento a los efectos de la Ley 38/1994, que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 8 y 9 de dicha ley.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado sin efecto del silencio.
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Plazo de resolución
180 días
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¿Quién resuelve el expediente?
Ministro de Agricultura,Pesca y Alimentación
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Presencial: Registro General del MAPA. Paseo Infanta Isabel, 1.28071.Madrid. Lugares previstos Ley 39/2015.
Teléfono: 91 347 5346
Correo electrónico: sgcca@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria (DIR3 EA0043005) - Dirección General de Alimentación (DIR3 E04932603)
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Código del Sistema de Información Administrativa
046340