Alta en la base de datos de Control de Subvenciones Adicionales (CIAS-CSA)
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Procedimiento para solicitar el alta en el módulo de subvenciones adicionales de la Base de Datos CIAS-CSA. NO UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO PARA EL ALTA EN EL CONTROL INTEGRAL DE ACCESO SUBVENCIONES (CIAS) YA QUE CUENTA CON SU PROCEDIMIENTO ESPECIFICO
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas - Nivel de Renta
- Certificado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda - Certificado de Alta en Fecha concreta
- Documentos que debe aportar el solicitante:
- AGRICULTOR PROFESIONAL - Copia de la declaración del IRPF del último ejercicio e Informe actual y completo de la vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- AGRICULTOR PROFESIONAL PERSONA JURÍDICA - (al menos el 50% socios son Agricultor Profesional) - Documentación indicada en el epígrafe anterior y escritura de constitución donde figuren socios actuales.
- EXPLOTACIÓN PRIORITARIA - Certificado expedido por la Comunidad Autónoma que acredite tal condición.
- SOCIO DE OPFH/AGRUPACIÓN DE PRODUCTORES - Certificado expedido por la Comunidad Autónoma en que se haga constar su condición de socio en el momento de la contratación de la póliza.
- JOVEN AGRICULTOR - Certificado expedido por la Comunidad Autónoma que acredite tal condición o resolución de concesión de la ayuda a Primera Instalación.
- JOVEN AGRICULTOR PERSONA JURÍDICA (al menos el 50% de los socios son Joven Agricultor) - Documentación indicada en el apartado anterior y escritura de constitución donde figuren socios actuales.
- SOCIO DE ATRIA/ATESVE/API, etc.. - Certificado expedido de la Comunidad Autónoma.
- SOCIO DE ADSG - Certificado expedido por la Comunidad Autónoma.
- PRODUCCIÓN ECOLÓGICA - Certificado expedido por la Comunidad Autónoma.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio
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Plazo de resolución
20 días
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¿Quién resuelve el expediente?
La Presidencia de ENESA O.A.
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Datos de contacto
Correo electrónico: bzn-enesacsa@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) (DIR3 EA0022323)
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Código del Sistema de Información Administrativa
2739139