Solicitud de reconocimiento de asociación de organizaciones de productores de tabaco crudo.

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  • Descripción

    Solicitud de reconocimiento de una entidad, con personalidad jurídica propia, constituida por organizaciones de productores del sector del tabaco crudo reconocidas, como asociación de organizaciones de productores de tabaco crudo (AOP). En el caso de que el órgano competente para resolver sea el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Es decir, cuando el ámbito geográfico de la entidad supere el de una comunidad autónoma y la superficie de cultivo de los miembros de la entidad suponga menos del 90% en cada una de las comunidades autónomas en las que se ubica dicha superficie.

  • Documentación necesaria para la solicitud electrónica

  • Documentación necesaria para la solicitud presencial

  • Documentación requerida en la solicitud

    - Documentos que debe aportar el solicitante:

    • Acreditación del representante legal de la asociación de organizaciones.
    • Autorización expresa al órgano competente para comprobar los datos mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad previsto en el apartado 3 del artículo único del Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o de pendientes, o en su defecto, fotocopia compulsada del citado documento.
    • Copia autenticada de los estatutos de la organización y del acta de la asamblea, consejo rector o de administración, u otro órgano competente de la entidad solicitante, acreditativa de la adopción del acuerdo en la que se decide solicitar el reconocimiento como asociación de organizaciones de productores.
    • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad.
    • Relación de los NIF de los titulares de las explotaciones, con indicación de la ubicación de éstas. Dicha relación vendrá diferenciada por cada una de las organizaciones de productores integrantes.
  • Mecanismos de representación permitidos

    Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:

  • Métodos de identificación y firma electrónica

  • Iniciación y efectos del silencio

    Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Positivo

  • Plazo de resolución

    4 meses

  • Vías de reparación o recurso

  • La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición

  • Datos de contacto

    Presencial: Registro Central del MAGRAMA: Paseo Infanta Isabel 1, 28014 Madrid. Y en los que indica el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

    Teléfono: Tlfno.: 91 347 66 31 / 91 347 69 14 - Fax: 91 347 66 11

    Correo electrónico: cultivos@magrama.es

  • Normativa reguladora

  • Responsable del procedimiento

    Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva (DIR3 EA0022354) - Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (DIR3 E04932203)

  • Código del Sistema de Información Administrativa

    203331