Extensión de normas a solicitud de una organización o asociación de organizaciones de productores de tabaco crudo reconocida por el MAGRAMA.

Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
  • Descripción

    Solicitud de extensión de normas por parte de una organización de productores o asociación de organizaciones de productores de tabaco crudo reconocida que sea representativa en la circunscripción económica en la que opere. En el caso de que el órgano competente para el reconocimiento de la entidad solicitante haya sido el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: cuando el ámbito geográfico de la entidad supere el de una comunidad autónoma y la superficie de cultivo de los miembros de la entidad suponga menos del 90% en cada una de las comunidades autónomas en las que se ubica dicha superficie.

  • Documentación necesaria para la solicitud electrónica

  • Documentación necesaria para la solicitud presencial

  • Documentación requerida en la solicitud

    - Documentos que debe aportar el solicitante:

    • Certificado del acta de la asamblea, consejo rector o de administración, u otro órgano competente de la entidad solicitante, acreditativo de la adopción del acuerdo de solicitud de extensión de normas, que incluya el texto íntegro del mismo. Dicho acuerdo deberá recoger el procedimiento de control y seguimiento del cumplimiento de la extensión de normas a llevar a cabo por la entidad.
    • El número y la identificación de los productores del grupo o grupos de variedades sobre los que se desea extender las normas, que ejerzan su actividad dentro de la circunscripción y que estén asociados a la entidad solicitante, referidos al momento de la solicitud. En el caso de que la solicitante sea una AOP, esta información se presentará desglosada por OP.
    • En el caso de que el periodo de aplicación sea plurianual, el compromiso de la entidad de remitir anualmente, la información que permita comprobar el cumplimiento de las condiciones de representatividad establecidas en el apartado 2 del artículo 11, durante la vigencia de la extensión de normas: Para que una organización o asociación de organizaciones de productores se considere representativa dentro de la circunscripción económica en que opera, deberá representar, respecto al grupo o grupos de variedades a las que afecta, al menos: las dos terceras partes del volumen de producción total y más del 50% de los productores.
    • Memoria justificativa y económica que fundamente la extensión de normas solicitada.
  • Mecanismos de representación permitidos

    Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:

  • Métodos de identificación y firma electrónica

  • Iniciación y efectos del silencio

    Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Estimatorio

  • Plazo de resolución

    6 meses

  • Vías de reparación o recurso

  • La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición

  • Datos de contacto

    Presencial: Registro Central del MAGRAMA: Paseo Infanta Isabel 1, 28014 Madrid. Y en los que indica el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

    Teléfono: 91 347 66 31 / 91 347 69 14 - Fax: 91 347 66 11

    Correo electrónico: cultivos@magrama.es

  • Normativa reguladora

  • Responsable del procedimiento

    Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva (DIR3 EA0022354) - Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (DIR3 E04932203)

  • Código del Sistema de Información Administrativa

    203329