Inscripción de licencias de explotación de variedades protegidas
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Autorización, mediante contrato, del titular de un derecho de propiedad sobre una variedad, para que un tercero pueda producir y comercializar la variedad protegida, cuya incripción en el Registro de Licencias es obligatoria.
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¿Quién lo puede solicitar?
El titular del derecho o el receptor del derecho, indistintamente.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Caducidad
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Plazo de resolución
1 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
OFICINA ESPAÑOLA DE VARIEDADES VEGETALES
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Datos de contacto
Presencial: Registro de entrada, Paseo Infanta Isabel 1. Las demás formas de presentación de la Ley 30/1992.
Teléfono: 91 347 67 10
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina Española de Variedades Vegetales (DIR3 EA0042925) - Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (DIR3 E04932203)
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Código del Sistema de Información Administrativa
200319