Comunicación de determinados medios de defensa fitosanitaria (MDFs)
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Las comunicaciones de determinados medios de defensa fitosanitaria deben presentarse ante el órgano competente de la CCAA, con la finalidad de que estas cumplimenten el anexo II del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre. Posteriormente estas comunicaciones junto con el anexo II cumplimentado se remiten a la Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal para, en su caso, proceder a la inscripción de las mismas en el Registro de Medios de Defensa Fitosanitaria.
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Otra documentación asociada al procedimiento
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentos que debe aportar el solicitante:
- Documentación acreditativa de los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre.
- Justificante de pago de tasas fitosanitarias reguladas en el artículo 67 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal
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Tasas asociadas al procedimiento
Este procedimiento tiene las siguientes liquidaciones:
- 790 (044) Tasas Fitosanitarias
- Autoliquidaciones (después de rellenar el formulario de solicitud se le indicará la manera de realizar el pago de la misma):
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¿Quién lo puede solicitar?
El inicio de este procedimiento debe realizarse cumplimentando en el ANEXO IA del Real Decreto 951/2014, de 14 de noviembre, por el que se regula la comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria, y remitiendo dicha comunicación al órgano competente de la CCAA donde tenga la sede la empresa que vaya a comercializar el producto.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Positivo
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Plazo de resolución
3 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE VEGETAL Y FORESTAL
ORGANOS COMPETENTES DE LAS CCAA
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Datos de contacto
Teléfono: 913474058
Correo electrónico: sgmpagri@mapa.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal (DIR3 EA0022361) - Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria (DIR3 E04932403)
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Código del Sistema de Información Administrativa
206109